¿Qué traerá la próxima reforma tributaria?

A diferencia de lo que terminó siendo la Ley 2277 de 2022, cuyo texto se conoció parcialmente antes de ser presentado al Congreso, el Gobierno nacional ha anunciado reiteradamente a través del ministro de Hacienda que el próximo 20 de julio se presentará al legislativo un texto que, según él, ha sido concertado con el sector empresarial. Sin embargo, este consenso no es tan amplio como se quisiera.

Analizando las declaraciones del ministro en medios de comunicación y congresos, esta reforma tiene como propósito reactivar la economía y ayudar a cumplir las metas de recaudo. Cualquier medida para lograr lo primero es bienvenida.

Uno de los aspectos reiterados por el ministro y el presidente Petro es la reducción progresiva de la tarifa nominal a las personas jurídicas. La intención parece ser una disminución gradual, similar a lo realizado por la Ley 2010 de 2019, que esperaba reducir la tarifa nominal al 30% en 2022, pero que debido a la pandemia y sus efectos económicos volvió al 35% en 2021.

Es crucial considerar el panorama completo. El ministro ha destacado la necesidad de cerrar la brecha entre la tarifa real y la nominal. Esto sugiere que el texto de la reforma no se limitará a una simple reducción tarifaria, sino que también incluirá mayores restricciones o requisitos relacionados con los costos y las deducciones.

Desde antes de su posesión, el ministro Bonilla ha enfatizado la intención de controlar las relaciones entre socios y sociedades. Según él, estas relaciones pueden afectar la tarifa real del impuesto de renta de las personas jurídicas debido a la inclusión de costos y deducciones de actividades personales o familiares de los socios, así como el impuesto al patrimonio de los socios por la existencia “sociedades patrimoniales improductivas”.

No se requiere una reforma tributaria para desconocer los costos no relacionados con la actividad productora de renta; el Art. 107 del ET es claro al respecto. Lo que se necesita es una mayor capacidad de fiscalización. La Ley 2277 de 2022 incorporó al Estatuto Tributario el Artículo 29-1, una herramienta importante en la relación socio-sociedad. En todo caso, es necesario estar atentos a las sociedades patrimoniales.

Creemos que los dividendos serán nuevamente protagonistas. No esperamos incrementos tarifarios, pero es probable que se revisen aspectos como su realización (Art. 27 del ET) o la obligación de decretarlos (nuevamente). No descartamos que el gobierno esté considerando controlar los préstamos entre socios y sociedades.

De otro lado, para lograr un mayor recaudo, las amnistías en materia sancionatoria serían una medida efectiva. Esperamos que la nueva reforma incluya, como lo hizo la Ley 2277 de 2022, reducciones significativas en sanciones e intereses moratorios. Sería importante contemplar de manera transitoria acuerdos o facilidades de pago sin garantía por un término superior a 12 meses.

En escritos anteriores hemos manifestado que una reforma tributaria estructural es políticamente imposible en el contexto actual. Lo que esperamos es que cada reforma nos acerque a un sistema tributario más eficiente, equitativo y progresivo. Para ello, sería necesario reformar completamente el IVA y aumentar la cantidad de personas naturales declarantes-contribuyentes, algo que no se espera con la segunda reforma del Gobierno Petro.

Además, el Régimen Simple de Tributación corre riesgo. En un sistema tan complejo, la simplificación de este régimen es importante y debe ser vigilada de cerca para garantizar que se mantenga o incluso se haga más simple.


Amanecerá y veremos.

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